jueves, 20 de noviembre de 2014

CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD POR EXPERIENCIA


El Real Decreto 34/2008 establece en su artículo 8 distintas vías para obtener los Certificados de Profesionalidad. En la actualidad algunas vías se encuentran pendientes de desarrollo, por lo que se puede obtener el Certificado de Profesionalidad sólo en determinadas condiciones.

VER:





INSPECCIONES Y AGENTES ACTUANTES




te una duda que me estáis formulando sobre quién puede realizar las inspecciones de las calderas EP-1:

INSPECCIÓN   A:   Emp.Instaladora EIP-2 o usuario con medios (I),  Fabricante  (F)  u  OCA (O)

INSPECCIÓN   B:   Fabricante (F)   u  OCA (O)

INSPECCIÓN   C:   OCA (O)


El reglamento REP y la EP-1 lo explican esto bastante mal. Para ello podemos utilizar la Guia de interpretación del Mº de industria (no la hemos utilizado en los cursos), que es GUIA OFICIAL y que podeis encontrar en este enlace (ver 2ª página primera parte del cuadro con I-F-O) :

http://www.f2i2.net/Documentos/LSI/REP/GuiasInterpretativas/REP-Guia-03-01-v1-1-inspecciones_periodicas_guia-4_.pdf

Extracto: